Normativa Drones

Nueva evaluación de riesgos para operaciones fitosanitarias con UAS de hasta 3m

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha emitido una evaluación de riesgos predefinida (PDRA), adaptada para trabajos de fumigación y dispersión de productos agrícolas y forestales, denominada PDRA S01 [F].

La PDRA-S01 [F] está diseñada para operaciones fitosanitarias en la categoría específica y en un entorno operativo con las siguientes características:

  • Utilización de una aeronave no tripulada (UA) de hasta 3 metros de tamaño máximo.
  • En VLOS (operación con visibilidad directa) del piloto, con una distancia máxima de 500 metros.
  • Sobre áreas terrestres controladas y escasamente pobladas.
  • Por debajo de 30 metros sobre el nivel del suelo (AGL), salvo cuando se esté cerca de obstáculos.
  • En espacio aéreo controlado o no controlado, siempre que la probabilidad de encuentro con aeronaves tripuladas sea baja.

Esta PDRA es una evaluación de riesgos realizada por AESA, que ya incluye una lista detallada de medidas de mitigación.

El proceso de preparación de documentación por parte del operador y su evaluación por AESA será muy rápido, ya que, junto con el formato de autorización operacional, el operador no tendrá que realizar y presentar una evaluación de riesgos propia, según lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/947, dado que dicha evaluación ya ha sido llevada a cabo por la Agencia y resumida en la tabla de la PDRA-S01 [F].

Además, AESA ha creado plantillas para la parte genérica del Manual de Operaciones y del Anexo del ConOps de la PDRA-S01 [F], según los requisitos establecidos en el AMC1 UAS.SPEC.030(3)(e). Estas plantillas deben ser utilizadas por el operador, quien deberá completar los aspectos específicos necesarios (aeronaves, organigrama, datos de contacto, etc.). Los documentos correctamente completados cumplirán con los requisitos documentales exigidos por la normativa vigente. Las plantillas del Manual de Operaciones y ConOps pueden descargarse en el siguiente enlace.

No será necesario adjuntar el Manual de Operaciones y el ConOps de la PDRA-S01 [F] en la solicitud de autorización, aunque el operador debe tener estos documentos correctamente completados en el momento de presentar la solicitud de autorización, y ponerlos a disposición de la autoridad cuando se requiera.

Si su operación se ajusta a esta PDRA-S01 [F], deberá presentar una solicitud de autorización que incluya la siguiente documentación:

  • Tabla de la PDRA S01 [F] completada y firmada por el responsable del operador, garantizando con esta firma las condiciones establecidas en una declaración responsable.
  • Declaración responsable PDRA-S01 [F] confirmando que se utilizarán las plantillas del Manual de Operaciones y ConOps, disponibles en la web de AESA (Material guía Manual de Operaciones).
  • Si se van a realizar vuelos en espacio aéreo controlado, la coordinación entre el operador y ATSP se iniciará una vez que la solicitud de autorización sea admitida por AESA. En este punto, el operador de UAS deberá adjuntar la plantilla específica de EARO (EARO_PDRA-S01_[F]) proporcionada por el/los ATSP con los que planea coordinar, completada solo con la información que debe proporcionar el operador de UAS.

Si se cumplen los requisitos anteriores, la solicitud de autorización será procesada rápidamente debido a la alta estandarización de la documentación.